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NUEVA VERSIÓN DEL ANEXO DE GASTOS PERSONALES EN LÍNEA




Desde el 14 de enero de 2017 el Servicio de Rentas Internas (SRI) habilitó la nueva versión del Anexo de Gastos Personales en línea que deben presentar las personas naturales que trabajan en relación de dependencia, que ganaron más de USD 11.170 en el 2016 y cuyos gastos deducibles superaron los USD 5.585. Los cambios en la nueva versión son:

* Registro de pensiones alimenticias en cada tipo de gasto y por beneficiario. * Inclusión de un nuevo campo para la deducción especial de las personas residentes en Galápagos de acuerdo a la Resolución NAC-DGERCGC16-00000443 en la que se establece que quienes residan 183 o más días calendario en dicha provincia, podrán acceder a una deducción diferenciada debido a que el índice de Precios al Consumidor Especial de Galápagos (IPCEG) establecido por el INEC, es un 80% más alto que el resto del país. Desde el Anexo de Gastos Personales en línea se pueden seleccionar las facturas electrónicas emitidas a nombre del contribuyente, quien debe escoger el monto total o parcial de la factura y el tipo de gasto al que corresponde cada comprobante de venta. Por ejemplo, si la persona tiene una factura que justifica gastos de alimentación y educación, debe seleccionar las dos opciones y especificar el valor del gasto realizado en cada uno. En el caso de contar con facturas físicas, el contribuyente tiene dos opciones: 1. Llenar la plantilla que proporciona el SRI con la información del proveedor, número de comprobantes, monto total de las facturas y tipo de gasto, que la encuentra en www.sri.gob.ec, en la sección Inicio / Declaración de Impuestos / Software para declarar / DIMM para anexos (programa AGP) . 2. Ingresar de forma individual las facturas en el sistema en línea y registrar la información de RUC del proveedor, monto de la factura y tipo de gasto. Los gastos personales incluyen las adquisiciones y pagos realizados en vivienda, alimentación, educación, salud y vestimenta, de acuerdo a la siguiente tabla, sin superar los USD 14.521 o el 50% de los ingresos gravados:

Es necesario recordar que con el anexo se justifican los gastos realizados en el 2016, para la aplicación correspondiente en la declaración del Impuesto a la Renta, por lo que el contribuyente debe contar con el respaldo de los comprobantes de venta y presentar el documento en febrero del presente año (2017) de acuerdo a su noveno dígito de RUC o cédula.


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